Comité de Operaciones de Emergencia

El Comité de Operaciones de Emergencia (COE) son instancias interinstitucionales responsables en su territorio de coordinar las acciones tendientes a la reducción de riesgos. Dan respuesta y recuperación en situaciones de emergencia y desastre. En el Reglamento a la Ley de Seguridad Pública y del Estado, los Comités de Operaciones de Emergencia están establecidos de acuerdo al ámbito territorial. Esto con la finalidad de atender las emergencias y desastres o la preparación ante potenciales eventos según el nivel de alerta emitido.
En el país existen cuatro Comités de Operaciones de Emergencia. El Presidente de la República o su delegado preside el COE Nacional. Está COE Provincial se conforma por el Gobernador y el Prefecto excepto las provincias de Pichincha o el Secretario de SNGP y Galápagos, que es el Presidente y Secretario Técnico del CGREG. El COE Cantonal conformado Alcalde. Además está la Comisión Parroquial de Atención de Emergencias (COPAE) es presidido por Presidente de la Junta Parroquial.
Las funciones principales de los COE son la planeación estratégica. Esta planeación es liderada por tomadores de decisión, con base a la información, acciones operativas planificadas y brechas existentes. También está la coordinación política, que garantizar la acción en los diferentes niveles políticos a nivel territorial y sectorial. Además está la coordinación de actores humanitarios, análisis de la información para establecer lineamientos de atención a la población y el seguimiento de operaciones de respuesta.
La principales tareas del Comité de Operaciones de Emergencia son la identificación, análisis y resolución de problemas operativos en eventos peligrosos pensando en la población. Dentro de estas competencias está el seguimiento y acompañamiento de la situación de los COE de menor nivel territorial. Y el último es la generación de información sobre los avances, acciones y brechas que se presentan durante la atención de un desastre.